La custodia compartida es una fórmula para repartir la convivencia de los menores entre los progenitores de una forma equitativa. No es la forma mayoritaria en caso de divorcio, pero cada vez es más frecuente.

Para acceder a la custodia compartida, existen una serie de requisitos que, si no se cumplen, pueden llevar al juez a denegarla. En el siguiente artículo te explicamos los criterios seguidos por los jueces a la hora de valorar la concesión o denegación de la custodia compartida.

¿Qué tiene en cuenta el juez?

La decisión de conceder o no la custodia compartida se fundamentará siempre en que sea la mejor opción para el menor, para ello, el juez valorará y analizará una serie de criterios, los más habituales son los siguientes:

Estilo de vida: Es muy importante que el menor viva en un ambiente propicio para establecer rutinas saludables que faciliten su correcto desarrollo, por ello, si el juez considera que la vida de uno de los progenitores es inestable o poco saludable, pueda decidir no concederla. 

Capacidad para proporción de cuidados necesarios: Si por su situación económica o de cualquier otra índole, el juez considera que uno de los progenitores no tiene capacidad para atender necesidades básicas de los hijos como son la alimentación, higiene, una vivienda digna, escolarización, atención médica o la seguridad, le denegará la custodia.

Dificultades relacionadas con el Horario laboral: Si a causa del trabajo de uno de los progenitores, existiera incompatibilidad entre el horario laboral y las necesidades para el cuidado adecuado de los menores, también podría resultar en la denegación de la custodia. En cualquier caso, antes de tomar una decisión, el juez valorará las posibilidades para las reducciones de jornada y/o la posibilidad de teletrabajo entre otras.

Lugar de residencia: La proximidad entre el domicilio de los progenitores y el colegio de los menores es un aspecto importante a tener en cuenta. Por otro lado, si después de la separación uno de los cónyuges cambia de lugar de residencia a otra localidad supondría un punto en contra para conseguir la custodia conjunta ya que podría alterar el entorno familiar, educativo y social de los menores.

Adicciones y/o conductas inadecuadas: Si el juez sospecha que existe un exceso de consumo de alcohol o de otras drogas, o detecta comportamientos violentos, denegará la custodia a este progenitor.

Relación entre progenitores: Si la relación entre los progenitores no es buena, el juez puede denegar la custodia compartida si considera que puede afectar al bienestar de los hijos. Por ejemplo, si existe manipulación de los menores por parte de alguno de los progenitores contra el otro, puede denegar la custodia para ese progenitor.

Menores lactantes: Si los menores tienen una edad muy temprana, por ejemplo, cuando se encuentran en periodo de lactancia, se entienden que deben estar con su madre.

Informes psicosociales: El juez también puede tener en cuenta informes psicosociales que si son negativos por parte de uno de los progenitores podría perder la custodia.

Opinión de los hijos: Si el juez considera que los hijos tienen suficiente criterio y no quieren a vivir con alguno de los progenitores, el Juez podráatender a su demanda.

Procedimiento para tramitar la custodia compartida

La custodia compartida se puede solicitar durante el proceso de divorcio o posteriormente, existen dos formas:

1. Mediante un procedimiento de mutuo acuerdo

Los progenitores, y sus respectivos abogados, pactan las medidas en un convenio regulador. Por mutuo acuerdo se reparte el tiempo, el uso del domicilio familiar y la pensión alimenticia de los menores.

2. Cuando no existe acuerdo entre las partes, mediante un proceso contencioso

Si no hay acuerdo, el progenitor que solicita la custodia conjunta debe presentar un plan proponiendo las medidas para que sean valoradas por el juez.