CLÁUSULA SUELO HUELVA

Cláusulas abusivas en las hipotecas. 🏘️

 

La cláusula suelo es una limitación a la bajada del tipo de interés en los préstamos a tipo de interés variable, tanto con garantía hipotecaria como personal.

Si cree que puede estar afectado por una cláusula suelo en su hipoteca, desde Abogados Huelva podemos ayudarle.

 

¿Qué es una cláusula suelo?

La cláusula suelo es una limitación a la bajada del tipo de interés en los préstamos a tipo de interés variable, tanto con garantía hipotecaria como personal. El Tribunal Supremo dictó una primera Sentencia, el 09 de mayo de 2013, en la que declaraba nulas, por abusivas, las cláusulas suelo incorporadas en determinados préstamos hipotecarios celebrados con consumidores de tres entidades financieras, al no pasar los controles de transparencia necesarios, tanto de incorporación, como de contenido.

 

¿Cómo saber si tiene una cláusula suelo?

En las escrituras del préstamo hipotecario no figura el término literal “cláusula suelo”, pero, para identificarla, debemos buscar expresiones como: “límite mínimo del tipo de interés del (…) %”, “límites a la variedad del tipo de interés”, “en ningún caso el tipo nominal anual podrá ser inferior al … %” … Dichas expresiones suelen venir insertas en las cláusulas del préstamo relativas al tipo de interés aplicable, en muchos casos en la estipulación tercera bis.

 

¿Quién puede reclamar?

En principio, invocando la legislación y jurisprudencia adecuada, podrían reclamar todos los clientes, tanto consumidores como empresarios o profesionales, que detecten en su contrato de préstamo hipotecario la indebida incorporación de dicha cláusula suelo.

 

¿Qué puedo conseguir si reclamo la nulidad?

Si la demanda es estimada por el Juzgado correspondiente, se conseguirá la eliminación de la cláusula suelo del préstamo hipotecario, pudiéndose así beneficiar de las bajadas futuras de los tipos de interés, y el recálculo del cuadro de amortización. Así mismo, se obtendrá la devolución de las cantidades cobradas de más por la aplicación de dicha cláusula. Nuestro Alto Tribunal, en consonancia con la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), del día 21 de diciembre de 2016, ha sentenciado que, si se declara nula por abusiva una cláusula suelo incorporada en un contrato de préstamo, el banco deberá devolver al cliente todo lo cobrado de más por la aplicación de dicha cláusula, con efectos desde que le hubiese afectado.

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