Un joven malagueño es indemnizado por una compañía de teléfono con 6000 €. El chico asegura que no era siquiera cliente de la compañía y que no supo que estaba en la lista negra hasta que no le resultó denegado un producto financiero y alegaban para rechazarlo por encontrarse en dos ficheros de morosos.
La compañía alegaba una supuesta deuda de 115,20 euros para incluirlo en los ficheros, sin embargo, esta deuda no existía puesto que ni siquiera existía una relación contractual con la operadora. El cliente ha ganado el caso contra la operadora de telecomunicaciones Xfera Moviles SA (conocida por la marca comercial Yoigo) y esta deberá indemnizarle con 6.000 euros “por una intromisión ilegítima en su derecho fundamental al honor”.
El juzgado de primera instancia número 12 de Málaga insta a la empresa a cancelar la inscripción de deuda de los ficheros de insolvencia patrimonial ASNEF (Equifax) y BADEXCUG (Experian) a nombre del demandante en un plazo de 15 días. Además, ha sido juzgada en rebeldía, presentando un recurso ante la Audiencia Provincial de Málaga, al no personarse en las en las actuaciones.
Tanto las teleoperadoras como las entidades financieras acostumbran a incluir a los ficheros de morosos a multitud de clientes y en ocasiones de forma indebida, como es el caso que nos ocupa y muchos otros, ya que ha habido muchas condenas a estas entidades en España en los últimos años.
Para incluir a clientes en un fichero deben seguirse ciertas normas para no infringir el derecho al honor del afectado:
- Los datos se refieran a deudas ciertas, vencidas y exigibles, cuya existencia o cuantía no haya sido objeto de reclamación administrativa o judicial por el deudor o mediante un procedimiento alternativo de resolución de disputas vinculante entre las partes.
- El acreedor debe haber informado al afectado en el contrato o en el momento de requerir el pago acerca de la posibilidad de inclusión en dichos sistemas y que el fichero de morosos notifique al afectado la inclusión de tales datos.
En el caso que nos compete no se cumplió, Jorge Pinazo, un joven empresario de Rincón de la Victoria, fue incluido en una de estas listas negras sin saberlo.
“Soy empresario y siempre he sido muy cuadriculado con los pagos; me gusta hacer las cosas bien, nunca sospeché que estaba en un fichero de morosos hasta que me denegaron una tarjeta American Express y rechazaron mi portabilidad a una operadora de telecomunicaciones. El motivo que me daban es que era un cliente ‘de riesgo’ y me advirtieron de que era probable que estuviera en alguna lista negra”, rememora Pinazo.
Su abogado le confirmó que así era tras varias averiguaciones, su nombre aparecía en dos ficheros de morosos vinculado a una deuda con Yoigo de 115,20 euros. Una deuda que no existía, con una compañía con la que nunca tuvo contrato.
La compañía demandada no ha podido acreditar ni la deuda ni la existencia de esa relación contractual en el juicio, lo que ha llevado a la compañía a no personarse en el juicio, por lo que ha sido juzgada y condenada en rebeldía.
Tras la sentencia, la operadora ha presentado una solicitud de nulidad que le ha sido denegada y posteriormente un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga. Para este recurso, se alega que no tenía conocimiento de haber sido citado al procedimiento, ya que no se notificó correctamente, ya que se le notificó a launa tienda de la franquicia y no a la central, sin embargo, no ofreció ninguna prueba.
En la sentencia dictada el 22 de junio de este año, destaca el reconocimiento del prejuicio que se ha causado al afectado dada su condición de empresario, entre estos destaca que se probó que en los seis meses anteriores a esa fecha, ocho empresas habían consultado su perfil en dichos ficheros. Además, el magistrado recuerda que el Tribunal Supremo ha sentado jurisprudencia para evitar indemnizaciones meramente simbólicas en este tipo de casos, siendo irrelevante la escasa cuantía de la deuda.
El joven malagueño afirma que no esperaba lograr el alcance mediático que ha obtenido y que lo denunció por considerarlo una injusticia inadmisible, para no contribuir a que este tipo de empresas continúen con estas prácticas mafiosas, ilegales e inmorales, y en este caso, su valentía ha servido para que las prácticas abusivas no salgan gratis.