Otra sentencia firme favorable para una de nuestras clientes, en esta ocasión dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Huelva, en la que han defendido los intereses de la parte demandada los letrados de Abogados Huelva.

En esta ocasión, Santander Consumer, unidad especializada en financiación al consumo del Grupo Santander, cedió un crédito al fondo ULTIMO PORFOLIO INVESMENT ( LUXEMBURGO) S.A. cuya titularidad imputó a nuestra mandante. Nuestro gabinete jurídico, al hacerse cargo del litigio, comprobó que el crédito que había sido cedido entre las dos mercantiles no era el originalmente contratado por nuestra cliente. Por tanto, el fondo demandante, sucesor de SANTANDER CONSUMER, no pudo demostrar que la deuda que imputaba a nuestra mandante era efectivamente de su titularidad. Así lo argumenta Su Señoría en la sentencia: «En cuanto a la falta de legitimación activa, de la documentación acreditada no puede obtenerse el pleno conocimiento de que el contrato en el que la actora basa su reclamación se al mismo que se identifica en el documento relativo a la cesión de créditos a favor de la parte actora».

Enhorabuena a nuestra cliente y recuerden, siempre, asesorarse por especialistas.

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